Domande frequenti
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, AEAT) nos ha instado a regularizar las comunicaciones que se efectúan desde la plataforma Sedipualb@, en torno a las consultas de información tributaria en materia de contratación pública. Actualmente se realizan con la única identificación del proveedor tecnológico (Diputación de Albacete) porque el modelo existente no permitía identificar a la entidad que solicitaba la información, pero el nuevo modelo sí que lo contempla.
Desde la AEAT así como desde la Plataforma de Interoperabilidad se nos ha instado a actualizar el modelo de prestación de estos servicios, siendo NECESARIO para los Ayuntamientos de fuera de Albacete la cumplimentación y envío de la siguiente información:
- Formulario PID (firmado)
- Hoja de cálculo (plantilla) (cumplimentada)
- Es importante seguir las instrucciones de la primera hoja. El tamaño máximo del código del procedimiento es de 20 caracteres y preferentemente debería ser un código SIA.
- Es importante seguir las instrucciones de la primera hoja. El tamaño máximo del código del procedimiento es de 20 caracteres y preferentemente debería ser un código SIA.
- Información de cómo se gestiona el consentimiento del ciudadano
- Formulario AEAT (firmado)
- Este documento debe ser firmado por el interlocutor único con la AEAT y por el titular del órgano.
¿Dónde se envía esta información una completada?
• Ayuntamientos de fuera de Albacete, cuya entidad supramunicipal (Diputación o similar) trabaja con Sedipualb@, deben enviárselo a su entidad supramunicipal.
• Ayuntamientos de fuera de Albacete, cuya entidad supramunicipal (Diputación o similar) NO trabaja con Sedipualb@, deben enviarlo a través de nuestro CAU (Equipo Interoperabilidad)
En los Ayuntamientos de la provincia de Albacete, toda la gestión la realizaremos directamente desde la propia Diputación de Albacete.
Este nuevo modelo que impulsa la AEAT pretende que exista un procedimiento autorizado de consulta de la información tributaria por cada entidad (a semejanza del resto de procedimientos de interoperabilidad a través de la PID)
Adicionalmente os recordamos que para poder acceder a la información de estar al corriente de obligaciones tributarias en materia de contratación, es IMPRESCINDIBLE que todas las entidades dispongan de un convenio con la AEAT que habilite el acceso a esa información, se adjunta también un modelo por si alguien tuviese que suscribirlo.
Para la adjudicación de contratos, de manera temporal hasta que se tenga el nuevo procedimiento funcionando, se podrá solicitar a los proveedores dicho certificado que se puede obtener en esta URL:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/G304.shtml
o Utilizar el mecanismo de Cesión Inmediata de Información (CESII)